• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 303/2022
  • Fecha: 26/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El recurso se desestima en cuanto a los motivos formulados por el condenado a 10 años y 1 día de prisión por un delito de abuso sexual continuado sobre menor de 16 años del art. 183.3 CP (en redacción dada por la LO 1/2015). Se confirma la existencia de prueba de cargo suficiente, así como la correcta valoración de la grabación aportada por la acusación. No obstante, la modificación operada por la LO 10/2022 de 6 de septiembre, impone analizar la posible aplicación retroactiva de la ley penal posterior, lo que en el caso se admite. Los hechos declarados probados encajan en el art. 181.3, inciso primero, CP (redacción de la LO 10/2022), con una penalidad de entre 9 años y 1 día a 12 años de prisión, por tratarse de un delito continuado. La pena mínima imponible, resultado del proceso de individualización llevado a cabo en la instancia, obliga a la imposición de una pena de 9 años y 1 día de prisión. Si bien, la normativa posterior debe aplicarse en su integridad, lo que obliga a imponer la pena de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad del art. 192.3 CP. Pena que debe determinarse por el Tribunal sentenciador, previa audiencia de las partes y, en su caso, de los menores. Asimismo, obliga al ajuste de la pena inicialmente impuesta de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular con personas menores de edad, a la vista de la nueva redacción del art. 192 del CP.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ANGELES VIVAS LARRUY
  • Nº Recurso: 398/2022
  • Fecha: 16/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a un acusado como autor responsable de un delito continuado de agresión sexual con la eximente incompleta de intoxicación por consumo de alcohol y drogas. Presunción de inocencia y prueba de cargo. Testimonio de la víctima como prueba incriminatoria suficiente para neutralizar la presunción de inocencia. Delito de agresión sexual. Continuidad delictiva que se mantiene al constar acreditadas dos felaciones y una penetración vaginal, en un espacio temporal concreto. Elementos del delito continuado y su aplicación excepcional a los delitos contra la libertad sexual. Unidad natural de acción y unidad jurídica. La continuidad delictiva ha de ser objeto de una interpretación restrictiva, negándose cuando pueda apreciarse una individualización manifiesta de cada uno de los actos por responder a impulsos eróticos diferenciados, porque cada brote sexual haya aparecido de forma intermitente o lapsus temporales intermedios que vienen a aislar y a dotar de significación propia a las diversas agresiones sexuales.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS
  • Nº Recurso: 63/2023
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la condena por delito de agresión sexual a menor de 16 años de edad. El acusado apretó a la menor fuertemente la mano para impedir que se marchara, llamándole guapa y a la vez, con ánimo libidinoso, se le acercó a su cara para besarla en la boca, sin conseguirlo. El apelante niega la autoría en los hechos denunciados y, subsidiariamente, que un beso, incluido en los labios, tuviese el carácter inequívocamente sexual del tipo penal. Los hechos se acreditan por la declaración incriminatoria de la menor, cuya valoración debe ser mantenida al ser prueba personal practicada bajo inmediación y contradicción, siendo corroborada por los testigos de referencia (padre y abuela) y por el informe psicológico, así como por la incoherencia, contradicciones o inverosimilitud de las explicaciones del acusado que refuerzan la convicción obtenida de la prueba de cargo. En el delito de abuso sexual es indiferente el motivo al que obedezca el comportamiento del autor, consumándose aun cuando el autor no busque satisfacer demandas de su libido. El delito requiere contacto corporal, tocamiento impúdico o cualquier otra exteriorización o materialización con significante sexual, bastando un solo contacto o tocamiento inconsentido para integrar el delito y teniendo la consideración sexual en beso en la boca. Se comete mediante violencia (agarrar a la menor fuertemente de la mano para facilitar la aproximación a su cara y boca) por lo que el delito es agresión sexual en tentativa.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MIREIA ROS DE SAN PEDRO
  • Nº Recurso: 45/2021
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito contra la libertad sexual cuya calificación jurídica no ofrece duda alguna al tratarse de relaciones con una niña de 13 años, por lo que la comisión delictiva no requiere la concurrencia de violencia ni intimidación. Esta edad y la diferencia con el acusado hace inviable la posible aplicación de la exclusión de responsabilidad penal del art. 183 bis del Código Penal. Para establecer la pena aplicable ha de tenerse en consideración las distintas versiones vigentes durante toda la tramitación de la causa, desde la que estaba en vigor cuando ocurrieron los hechos, pasando por otra redacción que ya ha sido derogada por la que se encuentra vigente en el momento de celebración del juicio y del dictado de la sentencia. Si esta intermedia es la más favorable, aunque los hechos no hayan ocurrido durante el escaso tiempo de vigencia, es a ella a la que debe estarse para determinar la duración de la pena.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS
  • Nº Recurso: 11/2023
  • Fecha: 12/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: AGRESIÓN SEXUAL: tocamientos a una menos de dieciséis años a la que el acusado agarró, sujetó y arrastró. VALORACIÓN DE LA PRUEBA: la versión puramente negativa del acusado no tiene respaldo alguno. Credibilidad de la víctima y presencia de elementos periféricos de carácter confirmatorio. Reconocimiento del acusado en juicio. Suficiencia de la prueba de cargo. NORMA APLICABLE: no se cuestiona la vigente en el momento de la comisión del hecho, la LO 10/2022. El contenido de la acción, la presencia de la violencia como elemento de coacción y superación de la resistencia de la víctima y el contenido perturbador de la libertad sexual de la conducta llenan la exigencia del tipo. ATENUANTE ANALÓGICA DE TRASTORNO MENTAL: tratamiento con ansiolíticos, antipsicóticos y antidepresivos asociados con un consumo de alcohol y cocaína. DETERMINACIÓN DE LA PENA: se impone en su mínima extensión ante la entidad de la atenuante. DAÑO MORAL: fluye del hecho y en este caso se concreta situación de perturbación espiritual, desasosiego o intranquilidad producida por el hecho que la víctima explicó debidamente en el juicio, al manifiestar una evocación dolorosa de la experiencia que sufrió que, aunque la superase sin ayuda y no llegase a la condición de trauma, careciendo por ello de la condición de secuela autónoma pero encajando plenamente en ese concepto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
  • Nº Recurso: 18/2023
  • Fecha: 04/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de alzada reprocha los errores en el planteamiento del recurso: a) indebida invocacion del cauce procesal propio del recurso de apelación contra sentencias dictadas por el Tribunal del Jurado; b) ausencia de sistemática expositiva, entremezclando quejas de vulneración de la presunción constitucional de inocencia con reproches a la valoración a la prueba efectuada por el tribunal de instancia y quebrantamiento del principio in dubio pro reo; c) quejas por infracción legal sin cuestionar ni respetar la declaración de hechos probados de la sentencia impugnada. Vulnerabilidad de la víctima no solo por sus condicionantes psíquicos, sino también físicamente por la esclerosis múltiple que padece.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 6684/2021
  • Fecha: 23/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Valor de prueba preconstituida a la vista de la imposibilidad de la víctima de declarar en el juicio oral por el impacto psicológico que provoca su derrumbe al contestar a las preguntas del Fiscal. En caso de menores, la decisión acerca de poner en marcha la investigación de los hechos no depende de ellos, sino de las personas de su entorno que ejercen su patria potestad o tutela. Por eso la denuncia se somete a un régimen específico, pudiendo promover la acción penal el Ministerio Fiscal y por lo que el régimen jurídico de la prescripción se singulariza, hasta el punto de que el cómputo del plazo extintivo se sitúa en el momento en el que el menor ha alcanzado ya la mayoría de edad. Las disposiciones que condujeron el tránsito de la normativa pre-vigente al Código Penal aprobado en el año 1995, disciplinando los casos, modos y formas en que la regulación de este último podría considerarse o no favorable con relación a los sucesos acaecidos con anterioridad, hubieran sido éstos enjuiciados o no, no resultan aplicables aquí. Queda en manos del legislador en cada reforma penal dejar operar al régimen previsto, "por defecto", en el art. 2.2 CP; o establecer normas específicas que podrían bien extender la eficacia retroactiva más allá de lo que se deriva del art. 2.2 CP. Dada la necesidad de no trocear el régimen jurídico considerado más favorable, han de imponerse también las penas asociadas al art. 192.3; debe realizarse un análisis de las circunstancias concurrentes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSO RODRIGUEZ PADRON
  • Nº Recurso: 652/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima la alegación del recurrente de incongruencia omisiva de la sentencia de instancia por falta de pronunciamiento sobre la impugnación que hizo de la prueba videográfica propuesta por la acusación. Aunque se aprecia la existencia del defecto denunciado, no puede convertirse en un motivo per saltum a la hora de recurrir una resolución judicial si la parte que se sienta perjudicada, ante el indebido silencio de la Sala sentenciadora, no ejercita el remedio del complemento previsto en la legislación orgánica y procesal. No se ha producido vulneración alguna de derechos fundamentales en la obtención de la prueba documental consistente en la grabación por la propia víctima, dentro de su dormitorio, y sin haber provocado en absoluto la acción de la que se acusa a su abuelo. No existe el menor atisbo de fabricación subrepticia de la prueba ni mucho menos de atentado al derecho a la intimidad del acusado. Función que corresponde al tribunal de apelación de la denuncia de error valorativo. Concepto de violencia e intimidación en relación al delito de agresión sexual.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 7154/2021
  • Fecha: 08/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Agresión sexual a menor de 16 años. Recurso de casación tras la reforma Ley 41/2015. Ámbito. La sentencia recurrida es del TSJ. Declaraciones de la víctima. No hay contradicción relevante. Informes periciales sobre credibilidad. Doctrina de la Sala. Cuestiones nuevas en casación. Inadmisibilidad. Aplicación Ley Orgánica 10/2022. Rebaja mínimos imponibles.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: MARIA CONCEPCION ROIG ANGOSTO
  • Nº Recurso: 16/2022
  • Fecha: 06/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La descripción de los hechos que debe contener el auto de transformación, si bien debe incluir los elementos fácticos que integran el tipo delictivo objeto de imputación, no requiere que sea exhaustivo, esto es, que incorpore un relato minucioso y detallado, por así decirlo, pormenorizado, ni la incorporación al texto de la resolución de elementos fácticos que obren en las diligencias sumariales y a las que el auto se refiera con claridad suficiente. Delito de maltrato habitual cometido sobre la persona que es su pareja, compatibilidad con la condena por dos delitos de lesiones agravadas al haberse cometido los hechos en presencia de menores. Delito de agresión sexual calificado y penado conforme a la redacción dada por Ley Orgánica 10/2022 al ser más beneficioso para el reo. Atenuante de dilaciones indebidas. Responsabilidad civil derivada de todos los delitos.

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